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Ley Vigente

Artículo 38. Subvenciones a entidades que prestan servicios de tiempo libre infantil y juvenil.

Artículo 38 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de las Illes Balears pueden otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades que prestan servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil para coadyuvar en el cumplimiento de sus actividades.

2. Las ayudas y las subvenciones tienen que otorgarse de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia e igualdad, sin perjuicio de las excepciones previstas en la normativa general de subvenciones.

3. Las entidades beneficiarias de financiación pública tienen que destinarlas a las finalidades previstas y tienen que informar a la administración de su aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-29.

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