Artículo 38. Las subvenciones y becas.
Artículo 38 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias. · BOE-A-2019-2713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-08.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas canarias promoverán y fomentarán el deporte mediante el establecimiento de las becas y subvenciones que presupuestariamente se asignen.
2. Las subvenciones se otorgarán con carácter general en régimen de concurrencia competitiva excepto las destinadas a las federaciones deportivas canarias, que podrán figurar nominadas en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias y en los de los cabildos insulares en el caso de federaciones de este ámbito. Ello, sin perjuicio de la posibilidad de otorgar subvenciones directas en los supuestos y de acuerdo con la normativa de pertinente aplicación.