El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Vigente

Artículo 38. Unidad de Relaciones Institucionales y Protocolo.

Artículo 38 del Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes. · BOE-A-2005-20840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-20.

Texto consolidado

Se crea en el Consejo General del Poder Judicial, la Unidad de Relaciones Institucionales y Protocolo, que será dirigida por un experto en la materia, bajo la dependencia de la Secretaría General.

La Unidad de Relaciones Institucionales y Protocolo será competente en materia de: organización de los actos protocolarios del Consejo General del Poder Judicial; asesoramiento y relaciones con otras autoridades. Procurará el adecuado tratamiento protocolario del Presidente y Vocales del Consejo General del Poder Judicial y atenderá a la aplicación de las normas del presente Reglamento.

La Unidad de Relaciones Institucionales y Protocolo prestará asesoramiento a los restantes órganos de gobierno del Poder Judicial que así se lo soliciten.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-20.

Más artículos de BOE-A-2005-20840

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2005-20840 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.