Artículo 374. Régimen aplicable.
Artículo 374 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. · BOE-A-1996-17533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-01.
Texto consolidado
Será de aplicación al depósito de las cuentas consolidadas lo dispuesto en la sección anterior.