Artículo 370. Cuantía de la pensión.
Artículo 370 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. · BOE-A-2015-11724
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-02.
Texto consolidado
Para la determinación de la cuantía de la pensión de jubilación en su modalidad no contributiva, se estará a lo dispuesto para la pensión de invalidez en el artículo 364.