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Real Decreto Vigente

Artículo 37. Relación de puestos de trabajo.

Artículo 37 del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. · BOE-A-2013-9212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-01.

Texto consolidado

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia contará con una relación de puestos de trabajo, propuesta por el Presidente a los órganos competentes, en la que constarán:

a) Los puestos que deban ser desempeñados en exclusiva por personal funcionario, por consistir en el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas y la salvaguarda de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, así como la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión de puestos y las retribuciones complementarias sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria sexta de la Ley 3/2013, de 4 de junio.

b) El resto de puestos de trabajo, que serán desempeñados, con carácter general, por personal funcionario. No obstante, dentro de estos se indicarán aquellos que, de acuerdo con la legislación de función pública aplicable a la Administración General del Estado, también podrán ser desempeñados por personal laboral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-01.

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