Artículo 37. Órgano competente.
Artículo 37 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. · BOE-A-2007-19069
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-04.
Texto consolidado
La Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales será el órgano encargado de la gestión de la Central de Información de Riesgos de las Entidades Locales.
Más artículos de Real Decreto 1463/2007
- ← Artículo 36. Objeto de la Central de Información de Riesgos de las Entidades Locales.
- → Artículo 38. Fuentes de información.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales.