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Real Decreto Vigente

Artículo 37. Coordinación de los organismos notificados.

Artículo 37 del Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes. · BOE-A-2011-14252

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-01.

Texto consolidado

Los organismos notificados españoles estarán obligados a participar, directamente o por delegación en otros, en los intercambios de experiencias que la Comisión Europea organice entre las autoridades responsables del nombramiento, notificación y supervisión de los organismos notificados en cada Estado miembro, y los propios organismos notificados, con objeto de coordinar la aplicación uniforme de la Directiva 2009/48/CE, así como en los foros de organismos notificados organizados a nivel comunitario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-01.

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