Artículo 37. Derecho de inscripción.
Artículo 37 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi. · BOE-A-2011-16287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-13.
Texto consolidado
El derecho de asociación incluye el derecho a la inscripción en el registro de asociaciones competente, que sólo podrá denegarse cuando no se reúnan los requisitos establecidos en la legislación vigente.