Artículo 37. Incumplimiento de plazo y actuaciones.
Artículo 37 de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.
Texto consolidado
1. El incumplimiento de los plazos y actuaciones previstos en la presente Ley dará lugar a la pérdida de la autorización de instalación y a la incautación de la garantía constituida, con excepción de aquellos casos de los concursos de nueva adjudicación, cuando se constate dificultad grave para encontrar local adecuado para la nueva instalación.
2. Cuando las actuaciones y plazos incumplidos en ejecución de concursos de traslados sean imputables al farmacéutico adjudicatario de la autorización, éste no podrá participar en los dos concursos siguientes de traslado.