Artículo 37. Sociedades de inversión inmobiliaria.
Artículo 37 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. · BOE-A-2003-20331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-05.
Texto consolidado
1. Las sociedades de inversión inmobiliaria serán sociedades anónimas y dispondrán de un capital mínimo totalmente desembolsado desde su constitución.
2. La gestión de una sociedad de inversión inmobiliaria podrá encomendarse a una sociedad gestora.