Artículo 37. Modalidades.
Artículo 37 de la Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos. · BOE-A-1993-30268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-05.
Texto consolidado
La pesca marítima de recreo puede ser ejercitada en las siguientes modalidades:
a) Desde embarcación.
b) Desde costa.
c) Submarina.