Artículo 37. Instrumentos para la mejora de la calidad normativa.
Artículo 37 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. · BOE-A-2014-1586
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-16.
Texto consolidado
Para contribuir al objetivo de cumplir el principio de calidad normativa:
a) En todas las iniciativas normativas se justificará la adecuación de las mismas a los principios de necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, accesibilidad, simplicidad y eficacia.
b) El Consejo de la Xunta aprobará unas directrices de técnica normativa que, careciendo del valor de las normas jurídicas, proporcionen criterios técnicos o pautas de redacción en la elaboración de anteproyectos de ley, proyectos de decreto legislativo y proyectos de disposiciones administrativas de carácter general.
c) La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia promoverá la adaptación de la regulación vigente a los principios recogidos en esta ley e impulsará la utilización de los instrumentos de refundición normativa y de derogación expresa de la normativa que hubiese perdido vigencia.