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Ley Derogada

Artículo 37. Competencia sancionadora.

Artículo 37 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. · BOE-A-2002-548

Atención: Ley 13/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde al Alcalde la sanción de las faltas leves, graves y muy graves, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 21.1 h) de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-04.

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