Artículo 37. Promoción profesional del personal de investigación en el ámbito del sector público autonómico.
Artículo 37 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.
Texto consolidado
1. Se fomentará el desarrollo de la carrera profesional del personal de investigación en el ámbito del sector público autonómico, entendida como el conjunto de oportunidades de progreso profesional, conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
2. En los procesos de evaluación que se establezcan, se examinará la calidad y la relevancia de los resultados de la actividad profesional y se llevará a cabo siguiendo las prácticas internacionalmente aceptadas.