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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 37. Adecuación del vertido.

Artículo 37 de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento. · BOE-A-1993-31103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

Texto consolidado

En el plazo de dos meses, contados desde la notificación de la suspensión de vertido, el usuario deberá presentar en la Administración competente, la Identificación industrial y la solicitud de vertido o, en su caso, adecuar el vertido a las limitaciones y condiciones establecidas en la Autorización de Vertido.#dfsegunda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid..

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