Artículo 37. Administración competente en el procedimiento sancionador.
Artículo 37 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción. · BOE-A-2007-4066
Atención: Ley 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La iniciación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores corresponderá a la consejería competente en materia de servicios sociales de la Administración de la Comunidad Autónoma. No podrán atribuirse a un mismo órgano administrativo las fases de instrucción y resolución del procedimiento.