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Decreto Legislativo Derogada 3 redacciones

Artículo 37. Base imponible.

Artículo 37 del Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2007-90039

Atención: Decreto Legislativo 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituyen la base imponible del impuesto las siguientes unidades contaminantes de medida del daño medioambiental:

1.ª El número y longitud de las instalaciones de transporte por cable de personas.

2.ª El número y longitud de las instalaciones de transporte por cable de mercancías o materiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-822.

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