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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 368. Disolución por mero acuerdo de la junta general.

Artículo 368 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. · BOE-A-2010-10544

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-01.

Texto consolidado

La sociedad de capital podrá disolverse por mero acuerdo de la junta general adoptado con los requisitos establecidos para la modificación de los estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-01.

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