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Real Decreto Vigente

Artículo 361.

Artículo 361 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

Texto consolidado

Las cuentas trimestrales de agua, alumbrado, calefacción, ventilación y otros gastos, transportes y asistencias, instalaciones y obras, se rendirán en el plazo de los diez días siguientes al período al que se contraen, y se formarán con las órdenes del Centro Directivo autorizando los gastos; Balance de inversión del libramiento; facturas y recibos.

En dichas cuentas se incluirán los gastos que justifique cualquier Centro dependiente de otro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

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