Artículo 36. Seguro por cuenta del Estado.
Artículo 36 del Real Decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros. · BOE-A-1987-13914
Atención: Real Decreto 731/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en la Ley 10/1970, de 4 de julio, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 3138/1971, 22 de diciembre, el Consorcio de Compensación de Seguros, administrará los recursos destinados a la cobertura de los riesgos políticos cubiertos por el Seguro de Crédito a la Exportación, con plena independencia financiera, patrimonial y contable.