Artículo 36. Requisitos.
Artículo 36 del Real Decreto 284/2019, de 22 de abril, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la reglamentación de la Unión Europea en el sector del lúpulo, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales de minimis destinadas a dicho sector. · BOE-A-2019-6607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-05.
Texto consolidado
Las máquinas y equipos agrarios subvencionados deberán ser nuevos y de primera inscripción.
Los equipos de aplicación de productos fitosanitarios deberán posibilitar una correcta distribución, mediante informe de una estación de ensayos específica para este tipo de máquinas.
Los equipos de secado o la mejora de equipos de secado ya existentes objeto de subvención, deberán tener un sistema de secado indirecto que evite el contacto y la mezcla del aire de secado con los residuos o escapes de la combustión.
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