Artículo 36. Concepto de gestión.
Artículo 36 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración. · BOE-A-2004-21841
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-11.
Texto consolidado
A los efectos de este reglamento, se entenderá por gestión de los recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación su asignación a los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público, en los términos que en él se especifican.
(Párrafo segundo anulado)
Se declara la nulidad del párrafo segundo por Sentencia del TS de 10 de marzo de 2009. Ref. BOE-A-2009-9717
Redacciones de este artículo
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