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Real Decreto Vigente

Artículo 36. El procedimiento ordinario.

Artículo 36 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva. · BOE-A-1993-4678

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-02-20.

Texto consolidado

El procedimiento ordinario, aplicable para la imposición de sanciones por infracción de las reglas del juego o de la competición, deberá asegurar el normal desarrollo de la competición, así como garantizar el trámite de audiencia de los interesados y el derecho a recurso [art. 82, ap. 1, c), L. D.].

Dicho procedimiento deberá ser previsto por las normas estatutarias o reglamentarias de las asociaciones deportivas para las distintas modalidades deportivas, de acuerdo con los principios expresados en el presente Título y ajustándose, en lo posible, a lo dispuesto para el procedimiento extraordinario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-02-20.

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