Artículo 36. Concesión.
Artículo 36 del Real Decreto 1429/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo. · BOE-A-1997-20262
Atención: Real Decreto 1429/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El pase a la situación de reserva se producirá por resolución del Director general de la Guardia Civil, por desconcentración de competencias del Ministro de Defensa, salvo en el supuesto previsto en el artículo anterior, y producirá el cese automático en los destinos o cargos que se ocupen.
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