Artículo 36.
Artículo 36 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior. · BOE-A-1993-20613
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-08-07.
Texto consolidado
1. El establecimiento del currículo de las enseñanzas de lengua y cultura españolas corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia.
2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, se entiende por currículo el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación que deben orientar la práctica docente.
3. El currículo de lengua y cultura españolas se adaptará a las exigencias derivadas de las distintas lenguas en cuyo contacto han de producirse las enseñanzas.