Artículo 36. Características del cargo de comisario y posibilidad de nombrar albacea y contador partidor.
Artículo 36 de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco. · BOE-A-2015-8273
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-03.
Texto consolidado
1. El cargo de comisario es, en todo caso, voluntario y gratuito, y sus facultades, mancomunadas o solidarias, son personalísimas e intransferibles.
2. El comisario podrá designar albacea y contador partidor de la herencia del comitente, si éste no lo hubiera hecho.