Artículo 36. Recursos Económicos.
Artículo 36 de la Ley 5/2008, de 19 de diciembre, de creación del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo. · BOE-A-2009-1173
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-31.
Texto consolidado
Los recursos económicos del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo, estarán integrados por:
a) Las dotaciones económicas que se le asignen anualmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizado a percibir.
c) Los créditos presupuestarios que se le transfieran conjuntamente con servicios procedentes de otras Administraciones públicas o a través de encomienda de gestión.
d) Los bienes y derechos que constituyen su patrimonio.
e) Los productos y rentas de dicho patrimonio.
f) Las subvenciones, donaciones, herencias y legados y cualquier otra aportación voluntaria de entidades, organismos públicos y privados y particulares y cualesquiera otros recursos que pueda percibir o atribuírsele.