Artículo 36. Iniciativa.
Artículo 36 de la Ley 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum. · BOE-A-2010-6105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-14.
Texto consolidado
La iniciativa de la consulta popular por vía de referéndum de ámbito municipal de iniciativa institucional corresponde a:
a) El alcalde o alcaldesa.
b) Una tercera parte de los concejales.