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Ley Derogada

Artículo 36. Infracciones y sanciones.

Artículo 36 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9939

Atención: Ley 4/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Constituyen infracciones administrativas las acciones y omisiones que contravengan los deberes y prohibiciones establecidas por esta ley, de conformidad con la tipificación establecida en el artículo siguiente.

2. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.

3. Las sanciones por la comisión de infracciones administrativas son las previstas en el Capítulo III del presente Título.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-09.

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