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Ley Derogada

Artículo 36. Competencias del Estado.

Artículo 36 de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales. · BOE-A-1998-16713

Atención: Ley 24/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.21. a de la Constitución, la Administración General del Estado ejerce las competencias en materia de servicios postales que se establecen en la presente Ley y en sus disposiciones reglamentarias de desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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