El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 36. Finalidades de la licencia ambiental.

Artículo 36 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. · BOE-A-2010-563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-11.

Texto consolidado

Los objetivos de la licencia ambiental son:

a) Prevenir y reducir en origen las emisiones contaminantes en el aire, el agua y el suelo que producen las actividades y que son susceptibles de afectar al medio ambiente, además de tomar en consideración el consumo de recursos naturales y energía.

b) Garantizar que las actividades sometidas a la Ley cumplen su objeto mediante un procedimiento que asegure la coordinación de las distintas materias, incluida la autorización de los vertidos en el sistema público de saneamiento de aguas residuales existente, y la participación de las demás administraciones públicas que deben intervenir en el otorgamiento de la licencia ambiental.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-11.

Más artículos de Ley 20/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 20/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.