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Ley Derogada

Artículo 36. Documentación.

Artículo 36 de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo no Urbanizable. · BOE-A-2005-949

Atención: Ley 10/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las actuaciones sujetas a previa declaración de interés comunitario iniciarán el procedimiento mediante solicitud del interesado presentada ante la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, acompañando además de la documentación pertinente, conforme a lo establecido en los artículos anteriores, proyecto de la actuación, suscrito por técnico competente, comprensivo de memoria informativa y justificativa y planos de información y de ordenación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-11.

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