Artículo 35. Recurso contra acuerdos de los órganos especializados.
Artículo 35 del Real Decreto 900/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Economistas de España. · BOE-A-2017-12982
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-12.
Texto consolidado
Los acuerdos de los órganos especializados del Consejo podrán ser recurridos mediante recurso ordinario a interponer en el plazo de un mes ante la Comisión Permanente del Consejo en los términos que establezca su normativa constitutiva. La resolución del recurso por la Comisión Permanente pone fin a la vía corporativa.
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