Artículo 35. Seguridad.
Artículo 35 del Real Decreto 78/2019, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas. · BOE-A-2019-4357
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-27.
Texto consolidado
En el desarrollo de sus actividades, los miembros del equipo de inspección observarán los reglamentos de seguridad vigentes en el lugar de inspección, incluidos los concernientes a la protección de ambientes controlados dentro de una instalación y a la seguridad personal.
Más artículos de Real Decreto 78/2019
- ← Artículo 34. Obtención, manipulación y análisis de muestras.
- → Artículo 36. Comunicaciones.
- Ver la norma completa: Real Decreto 78/2019, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.