Artículo 35. Régimen jurídico.
Artículo 35 del Real Decreto 312/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos. · BOE-A-2019-6995
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-12.
Texto consolidado
1. Los miembros de la Carrera Fiscal y los Cuerpos de los Letrados de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, Abogados del Estado, Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y demás personal al servicio de la Administración de Justicia que se hallen participando en actividades de formación continuada y de especialización en el Centro de Estudios Jurídicos continuarán sujetos al estatuto personal y disciplinario propio de su régimen jurídico.
2. El Director del Centro de Estudios Jurídicos, cuando proceda, comunicará a los órganos competentes los hechos de relevancia administrativa o disciplinaria producidos en el ámbito del centro y que afecten a aquellos funcionarios.