Artículo 35. Efectos de la provisión o reincorporación.
Artículo 35 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-1994-18621
Atención: Real Decreto 1732/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La provisión del puesto a través de las modalidades previstas en el artículo 10.1, o la reincorporación del titular en los supuestos contemplados en este capítulo, determinará automáticamente el cese de quien viniera desempeñándolo.