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Orden Derogada

Artículo 35. Transporte de residuos.

Artículo 35 de la Orden PRE/1832/2011, de 29 de junio, por la que se regula el área de control del dopaje, el material para la toma de muestras y el protocolo de manipulación y transporte de muestras de sangre. · BOE-A-2011-11347

Atención: Orden PRE/1832/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con las muestras deberá transportarse también hasta el Laboratorio el recipiente para residuos sanitarios específicos o de riesgo previsto en el artículo 25, para su eliminación en dicho Laboratorio siguiendo la legislación vigente para de este tipo de residuos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-03.

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