Artículo 35. Mejora del hábitat de las especies piscícolas.
Artículo 35 de la Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra. · BOE-A-2024-1208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-13.
Texto consolidado
1. El Departamento competente en materia de gestión piscícola, fomentará la mejora del hábitat de las especies piscícolas, de manera compatible e integrada con el objetivo global de la conservación de los ecosistemas acuáticos, y en coordinación con las demás administraciones competentes.
2. Especialmente impulsará medidas destinadas a la protección de los hábitats, a la protección y mejora de la vegetación de ribera y a la mejora de la conectividad de las masas de agua.