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Ley Foral Vigente

Artículo 35. Aprobación de bases y acuerdo.

Artículo 35 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. · BOE-A-2002-8352

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-16.

Texto consolidado

Una vez elaborado el documento único de bases y acuerdo de concentración parcelaria, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación procederá a su aprobación mediante la correspondiente resolución administrativa, siguiendo lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de esta Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-16.

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