Artículo 35. Gestión contable.
Artículo 35 de la Ley 8/2006, de 14 de junio, de Creación del Consorcio de Transportes de Mallorca. · BOE-A-2006-12862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-23.
Texto consolidado
El Consorcio queda sometido al sistema de contabilidad pública que el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, determina, sin perjuicio del Plan General de Contabilidad y del resto de normas contables que resulten de aplicación al Consorcio de acuerdo con su naturaleza jurídica.