Artículo 35. Juventud y deporte.
Artículo 35 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón. · BOE-A-2015-5330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón, en colaboración con las demás Administraciones públicas aragonesas, con entidades públicas o privadas y con entidades juveniles, fomentará la práctica del deporte entre la juventud en igualdad de oportunidades, como elemento contributivo a la sensibilización de las personas jóvenes en hábitos saludables.