Artículo 35. Órganos de participación en los centros hospitalarios.
Artículo 35 de la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. · BOE-A-2002-9667
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-20.
Texto consolidado
1. Los centros hospitalarios del Sistema de Salud de Aragón tendrán como órganos de participación:
a) Las comisiones de participación hospitalaria.
b) Las comisiones de bienestar social.
2. La composición y funciones de estos órganos se establecerán reglamentariamente.