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Ley Derogada

Artículo 35. Órgano ambiental competente.

Artículo 35 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187

Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde a la Consejería con competencias en materia de medio ambiente la evaluación del impacto ambiental de los proyectos incluidos en los anexos II y III, de acuerdo con lo dispuesto en este capítulo, salvo en aquellos proyectos en los que la competencia sustantiva para su autorización o aprobación, o en su caso, control de la actividad a través de la declaración responsable o comunicación, corresponda a la Administración General del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-24.

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