Artículo 35. Régimen jurídico de los acuerdos.
Artículo 35 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.
Texto consolidado
1. Los acuerdos del Consejo Social, poseen inmediata ejecutividad y agotan la vía administrativa, siendo recurribles ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. Corresponde al rector de la Universidad la ejecución de los acuerdos del Consejo Social.