Artículo 35. Recuperación del Patrimonio Documental.
Artículo 35 de la Ley 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria. · BOE-A-2002-14840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-29.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria promoverá el acrecentamiento y recuperación del Patrimonio Documental de Cantabria mediante la adquisición por cualquier título, dentro y fuera de Cantabria, de los documentos que lo integran.
2. Igualmente, el Gobierno de Cantabria promoverá acuerdos de colaboración con las entidades locales para favorecer la conservación del Patrimonio Documental de Cantabria.