Artículo 35. Principios básicos.
Artículo 35 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
Las administraciones públicas catalanas deben velar para que la prestación de servicios de comunicación audiovisual por parte de sujetos privados se lleve a cabo de acuerdo con los principios establecidos por la presente ley.
Más artículos de Ley 22/2005
- ← Artículo 34. La financiación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local.
- → Artículo 36. Obligaciones generales de los sujetos que participan en la prestación de los servicios de comunicación a…
- Ver la norma completa: Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.