Artículo 35. Objeto.
Artículo 35 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.
Texto consolidado
1. Integran el patrimonio musical valenciano los bienes, actividades y entidades de carácter musical especialmente representativos de la historia y la cultura de la Comunidad Valenciana.
2. El patrimonio musical valenciano será inventariado o catalogado y constituirá el Archivo Musical Valenciano. Este archivo incorporará tanto formatos tradicionales como nuevos soportes físicos y estará dotado de los medios oportunos de conservación y reproducción.