Artículo 35. Sujeto pasivo.
Artículo 35 de la Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2014-9895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Será sujeto pasivo de la tasa la persona o entidad a cuyo favor se solicite la autorización y, en su caso, el registro, la declaración de no oposición o la emisión de la notificación o certificado.