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Ley Vigente

Artículo 35. Nuevos requerimientos.

Artículo 35 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears. · BOE-A-2006-17875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

Texto consolidado

En cualquier momento anterior a la declaración de impacto, el órgano ambiental, por razones debidamente motivadas o por circunstancias sobrevenidas, podrá requerir al promotor que complete el estudio de impacto ambiental o que amplíe la documentación, con la correspondiente suspensión del plazo para resolver, en los términos del artículo 26.3 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-09-22.

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